Ayuda para el fomento del Parque de vivienda en Alquiler

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El objeto de este programa es el fomento del parque de vivienda en alquiler o cedida en uso, ya sea detitularidad pública o privada.

Con carácter general, podrán obtener financiación con cargo a las ayudas de este programa las promociones de viviendas de nueva construcción o de viviendas procedentes de la rehabilitación de edificios que se vayan a ceder en uso o destinar al arrendamiento durante un plazo mínimo, en ambos casos, de 25 años.

Tabla de contenidos

Beneficiarios

  • Las personas físicas mayores de edad.
  • Administraciones públicas, organismos y entidades de derecho público y privado, empresas públicas, privadas, público-privadas y sociedades mercantiles participadas por las Administraciones Públicas.
  • Las fundaciones, empresas de economía social y sus asociaciones, cooperativas de autoconstrucción, ONGs y asociaciones declaradas de utilidad pública y aquéllas a las que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Arrendatarios y cesionarios

Las viviendas financiadas con cargo a este programa e incluidas en la modalidad 1.a) del artículo 28 del Real Decreto solo podrán ser alquiladas o cedidas en uso a personas cuyos ingresos, incluyendo los de todas las personas que constituyan la unidad de convivencia, no superen tres veces el IPREM. Este umbral será de cuatro veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad y de cinco veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad de alguno de los tipos que especifica la norma.

Requisitos

Vivienda habitual y permanente

Límite de ingresos de los inquilinos:

  • Opción 1: hasta 3 IPREM
  • Opción 2: hasta 4,5 IPREM

Precio del alquiler:

  • Opción 1: hasta 5,5 euros m2 de vivienda
  • Opción 2: hasta 7 euros m2 de vivienda

Cuantía de la Ayuda

  • Opción 1: hasta 36.750 euros/vivienda con un límite del 50% de la inversión
  • Opción 2: hasta 31.550 euros/vivienda con un límite del 40% de la inversión

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Para más información:

Contactar al Ministerio de Fomento AQUI

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