Solicita AQUI la Ayuda a trabajadores en ERTE y fijos discontinuos

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Ya puedes solicitar la Ayuda para trabajadores en ERTE y fijos discontinuos de la Junta de Andalucía y Gencat.

Las Comunidades de Andalucía y Cataluña han abierto un nuevo proceso de inscripción para acceder a la línea de ayudas para personas afectadas por un ERTE, o bien con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria.

Ayuda ERTE de la Gencat 2021

¿Quiénes pueden solicitar la Ayuda Erte 2021?

Los trabajadores que vivan en Cataluña y se encuentren en una de estas situaciones:

  • Tengan un ERTE activo derivado de la Covidien-19, con suspensión total o parcial del contrato, y que este ERTE coincida al menos un día en el período comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2021.
  • Sean titulares de la prestación extraordinaria en el caso de fijo-discontinuo como mínimo un día entre el 1 y el 31 de mayo 2021, o tengan pendiente el reconocimiento en el mismo periodo.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda ERTE?

El importe otorgado variará de acuerdo con los días que ha estado en situación de un ERTE covid19, o según el días de reconocimiento de la prestación extraordinaria para personas fijas discontinuas durante el período del 1 de enero al 31 de mayo de 2021.
• De 1 a 90 días: 600 euros
• 91 días o más: 700 euros

Cómo se solicita la Ayuda Erte

  • Por internet entre el 5 de julio a las 9 hasta el 15 de julio a las 15 h.
  • Es recomendable no utilizar Internet Explorer ya que puede provocar incidencias.
  • El envío del formulario de inscripción en el registro es el único trámite que hay que hacer para solicitar la ayuda.
  • Hay que tener un certificado digital.
  • El orden de envío del formulario no determina la preferencia en la concesión de la ayuda.

Preguntas Frecuentes sobre la Ayuda ERTE 2021

  1. Si el ERTE de mi empresa no se deriva de la Covid-19 puedo pedir la ayuda?  
    1. No, el ERTE de la empresa se debe derivar de las medidas preventivas y de contención adoptadas para paliar la Covid-19.
  2. Con un ERTE parcial tengo derecho a la ayuda? 
    1. Sí. La ayuda se dirige a personas con bases reguladoras de la prestación por desempleo y de la prestación extraordinaria más bajas que han sido afectadas por un ERTE, como consecuencia de la suspensión total o parcial de sus contratos de trabajo.
  3. Soy fijo-discontinuo pero no recibo prestación extraordinaria, tengo derecho a la ayuda? 
    1. No. La norma establece que para optar a la ayuda en el caso de fijo-discontinuo se debe recibir la prestación extraordinaria (el artículo 9 del Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de diciembre)
  4. Si he estado con ERTE para Covidien algún día durante el mes de mayo 2021, pero aún no he recibido la prestación ni reconocimiento del SEPE, tengo derecho a esta ayuda? 
    1. Sí. Si la empresa estuvo en ERTE durante el mes de mayo, aunque no se haya reconocido la prestación contributiva por parte del SEPE, cuando este organismo la reconozca con efectos retroactivos, se tendrá derecho a la ayuda si se ha realizado la inscripción previa.
  5. ¿Cómo puedo saber los días que he estado en situación de ERTE o he sido beneficiario / a de la prestación extraordinaria entre el período del 1 de enero al 31 de mayo de 2021? 
    1. Puede hacer la consulta en su empresa o bien consultar los datos de su prestación en la web del SEPE.
  6. Si solicité la ayuda ERTE COVIDIEN-19 en el mes de febrero de 2021 y he sido otorgado, puedo solicitar la ayuda? 
    1. Si cumple con los requisitos de este nuevo ayuda puede hacer la solicitud dado que no hay incompatibilidad.
  7. Si solicité la ayuda ERTE COVIDIEN-19 en el mes de febrero de 2021 y no tengo aún una resolución, puedo solicitar la ayuda?
      1. Si cumple con los requisitos de este nuevo ayuda puede hacer la solicitud dado que no hay incompatibilidad.
  8. ¿Puedo solicitar la ayuda a pesar de no estar al corriente de las obligaciones tributarias?
    1. El formulario de solicitud incluye una declaración responsable donde la persona solicitante debe manifestar que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.
  9. Cuando sabré si recibiré la ayuda? 
    1. Una vez se publiquen las bases y se resuelva la convocatoria se informará a las personas perceptoras de la ayuda.
  10. Quien se inscribe primero tiene prioridad para cobrar la ayuda? 
    1. No. La prelación por orden de entrada en la inscripción previa no otorga preferencia en el otorgamiento de la ayuda.

Si no encuentra la respuesta puede hacer sus consultas enviando un mensaje al buzón de contacto:  [email protected].


Ayuda Junta de Andalucía Trabajadores en ERTE

Esta ayuda va dirigida a todas aquellas personas que se vieron afectadas en Andalucía por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) así como los fijos discontinuos beneficiarios de la prestación extraordinaria aprobada como consecuencia de la pandemia.

Requisitos para recibir la Ayuda ERTE de la Junta de Andalucía

La personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena. Se considerará que ostentan dicha condición las personas que se encuentran incluidas dentro del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

b) Que el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde presten sus servicios corresponda al código de una provincia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Que hayan sido beneficiarias de la prestación por desempleo reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal o el Instituto Social de la Marina, debido a la suspensión temporal de forma total del contrato de trabajo, como consecuencia de un ERTE de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. La prestación por desempleo reconocida debe tener una fecha de inicio comprendida entre el 14 de marzo y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

d) Para las personas trabajadoras fijas discontinuas, que hayan sido beneficiarias de la prestación extraordinaria reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal o el Instituto Social de la Marina recogida en el artículo 9 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. La prestación extraordinaria reconocida deberá tener una fecha de inicio comprendida entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de enero de 2021, ambas inclusive.

Cuantía de la Ayuda ERTE Junta de Andalucía

Se realiza pago único, por importe del 100% de la ayuda, esto es, de 210 euros a cada persona beneficiaria.

Cómo se solicita la Ayuda ERTE de Andalucía

Todo el procedimiento se ha iniciado e impulsado de oficio por parte de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, por lo que la persona usuaria, en caso de ser beneficiaria, no tiene que realizar ninguna acción para recibir esta ayuda. Para ello, la citada Secretaría General ha obtenido y tramitado los datos necesarios del Servicio Público de Empleo Estatal de todas aquellas personas que cumplen los requisitos y percibirán la ayuda.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria en una cuenta corriente que la persona beneficiaria haya indicado al Servicio Público de Empleo Estatal o al Instituto Social de la Marina para la percepción de la prestación.

En la concesión de las ayudas, cuentan con prioridad a aquellas personas trabajadoras cuya base reguladora de la prestación sea menor y hasta agotar presupuesto.

Consulta AQUI si tienes derecho a esta Ayuda

Si tienes cualquier duda sobre esta ayuda puedes contactar utilizando las siguientes vías:

• Teléfono de información y atención ciudadana: 955 06 39 10
• Email: [email protected]

Conoce otras ayudas y becas entregadas por tu Comunidad Autónoma pinchando en el enlace correspondiente:

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Conoce cómo y cuándo solicitar la Ayuda para empresas y autónomos de 3000€

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