Programa de mejoramiento de eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas

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Ayuda a la eficiencia energética y sostenibilidad Habitacional.

Permite Regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva.

Beneficiarios

Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

  • Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
  • Las sociedades cooperativas.
  • Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
  • Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
  • Empresas de servicios energéticos.

Requisitos de los arrendamientos
Tipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios.

  • El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
  • Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
    • Zonas climáticas D y E: 35%
    • Zona climática C 25%
    • Zonas climáticas alfa, A y B 20%
  • Antigüedad preferentemente anterior 1996
  • 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.

Cuantía de la ayuda

Límite de la ayuda: Viviendas unifamiliares: Edificios

  • Con carácter general 40% de la inversión.
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM
  • Hasta 12.000€
  • Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
  • Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
  • Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
  • Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
  • Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes

¿Cómo Solicito la Ayuda?

Para solicitar la Ayuda debe pinchar AQUI y luego en el link correspondiente a su Comunidad Autónoma, donde se le informarán las distintas ayudas relacionadas a Vivienda y debe pinchar en el trámite online relacionada a esta Ayuda.


Para más información:

Puede acceder a la Sede Electrónica de la oficina de vivienda

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