Ayuda a la eficiencia energética y sostenibilidad Habitacional.
Permite Regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva.
Beneficiarios
Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Las sociedades cooperativas.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
- Empresas de servicios energéticos.
Requisitos de los arrendamientos
Tipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios.
- El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
- Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zona climática C 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B 20%
- Antigüedad preferentemente anterior 1996
- 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.
Cuantía de la ayuda
Límite de la ayuda: Viviendas unifamiliares: Edificios
- Con carácter general 40% de la inversión.
- 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM
- Hasta 12.000€
- Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
- Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
- Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
- Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
- Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
¿Cómo Solicito la Ayuda?
Para solicitar la Ayuda debe pinchar AQUI y luego en el link correspondiente a su Comunidad Autónoma, donde se le informarán las distintas ayudas relacionadas a Vivienda y debe pinchar en el trámite online relacionada a esta Ayuda.
Para más información:
Puede acceder a la Sede Electrónica de la oficina de vivienda