Prórroga de la Prestación Compatible y de autónomos

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Gobierno anuncia prórroga de la prestación ordinaria de cese compatible con la actividad y de trabajadores autónomos de temporada hasta el 31 de enero.

Prestación Compatible

La prórroga se hará efectiva siempre que durante el cuarto trimestre de 2020 se sigan cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión, entre ellos, acreditar una reducción en la facturación durante el cuarto trimestre de 2020 de al menos el 75% en relación con el mismo periodo de 2019, así como no superar unos rendimientos netos de 5.818,5 euros (1,75 veces el SMI) en el periodo octubre-diciembre de este año.

Esta prestación asciende al 70% de la base reguladora e incluye el abono de la cuota por contingencias comunes, que se devuelve al trabajador.

Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación, por ejemplo, por tener una tarifa plana o no haber cotizado el período mínimo necesario (12 meses), podrán solicitar una ayuda por bajos ingresos siempre y cuando sus ingresos en el último trimestre de 2020 no superen el salario mínimo interprofesional.

La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización e igualmente estará exonerado de abonar las cuotas y le computará como cotizado.

Trabajadores autónomos

Por último, se prorrogan las ayudas para los trabajadores autónomos de temporada con una flexibilización de los requisitos temporales.

Requisitos

Esta prestación estará condicionada a haber cotizado un mínimo de cuatro meses entre los meses de junio y diciembre de 2018 y 2019, no superar los 23.275 euros de ingresos durante 2020 y no haber desarrollado actividad ni haber estado dado de alta o asimilado al alta desde el 1 de marzo al 31 de mayo.

La cuantía de esta prestación será equivalente al 70% de la base mínima de cotización e incluye la exoneración de las cuotas.

Todas las prestaciones comenzarán a devengarse con efectos de 1 de octubre de 2020 y tendrán una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros quince días naturales de octubre. En caso contrario los efectos quedan fijados en el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud.

Desde el inicio de la crisis por la pandemia de la COVID-19, casi 1,5 millones de trabajadores autónomos han recibido la prestación extraordinaria por cese de actividad, que suponía una cuantía mínima de 660 euros al mes y la exoneración temporal de cotizaciones sociales. Además, estos trabajadores se han beneficiado de una exoneración de sus cuotas del 100% en el mes de julio, del 50% en agosto y del 25% en septiembre.

Conoce las preguntas frecuentes sobre la extensión de las Ayudas a autónomos

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