El 31 de Marzo se cumplió el plazo para solicitar la Ayuda de 200€ que entregará el gobierno a las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
¿Cómo saber el estado de mi solicitud de la Ayuda de 200€?
Puede consultar las solicitudes presentadas en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previa identificación con Cl@ve, certificado o DNI-e.
Se puede acotar la búsqueda por año de presentación, fecha y hora, y se permite ver y descargar tanto el justificante de presentación como el fichero presentado.
Si se selecciona la casilla de «mostrar solicitudes en estado de baja», se mostrarán todas las solicitudes presentadas indicando, además, el estado de cada una de ellas (alta o baja).
Si mi solicitud de la Ayuda de 200 Euro fue aceptada ¿Cómo se pagará?
La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.
¿Cuándo se pagará la Ayuda de 200 Euros?
El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada.
¿Puedo reclamar la Ayuda de 200 € si es denegada?
Si el solicitante está en desacuerdo con la resolución podrá interponer:
Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Para saber más sobre la Ayuda de 200 Euros Ingresa AQUI.
Para más información puedes:
Llamar al teléfono de Información Tributaria Básica: 91 554 87 70 o 901 33 55 33. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.