Cómo solicitar la Ayuda de 200 Euros del Gobierno de España

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Información sobre la Ayuda 200€ euros 2023 para la compra de comida.

Según lo informado por el INE, la cesta de la compra se ha encarecido en un 15,3 % en los últimos meses, debido a esto, el gobierno ha lanzado un decreto con medidas anticrisis, con el fin de paliar los efectos negativos de la crisis económica.

Entre las medidas anunciadas, se encuentra la Ayuda de 200 Euros destinados a la compra de alimentación.

¿Quién puede solicitar la Ayuda de 200 €?

  • Se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, con el fin de paliar situaciones de vulnerabilidad económica.
  • Serán beneficiarios las personas físicas que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2022 hubieran percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000,00 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.
  • Los beneficiarios deben tener la residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ejercicio 2022.
  • Los beneficiarios deben tener la residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ejercicio 2022.

NO podrán recibir la Ayuda de 200 Euros quienes al 31 de Diciembre del 2022:

  • Perciban el ingreso mínimo vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social.
  • Igualmente quedarán excluidos del derecho a esta ayuda, independientemente de la valoración del patrimonio neto, las personas beneficiarias individuales cuando ellas mismas, o las personas a las que se refiere el segundo párrafo del presente apartado, durante 2022 fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

¿Cómo y donde solicitar la Ayuda de 200 euros?

La agencia tributaria será la encargada de gestionar la entrega de la ayuda.

La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a disposición por la misma desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023 en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.

¿Cuándo se pagará la Ayuda de 200 Euros del Gobierno?

La ayuda entrará en vigor a partir del 1 de Enero del 2023 y se podrá solicitar quienes cumplan los requisitos, desde 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

¿Cómo será el pago de la Ayuda de 200 Euros?

Los beneficiarios recibirán un pago único de 200 €, que se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.

¿Qué pasa si la Ayuda del 200€ es denegada?

Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

El solicitante dispondrá de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución denegatoria, para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes. Transcurrido un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la citada propuesta, sin la presentación de alegaciones, documentos o justificantes, se producirá la finalización del procedimiento en los términos de la propuesta denegatoria, sin necesidad de resolución expresa de la Administración.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada. Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

¿Cómo solicitar la Ayuda de 200 Euros del Gobierno?

  1. Acceda a la Sede Electronica de la Agencia Tributaria pinchando AQUI
  2. Puedo hacerlo con Clave, certificado electrónico o DNI electrónico.
  3. Luego cumplimentar el formulario de solicitud con sus datos y no olvide ingresar el código IBAN de la cuenta bancaria del titular del solicitante.
  4. También podrá realizar la solicitud un tercero a través de apoderamiento y por Colaboración Social.
  5. No deberá presentar documentación adicional.

 

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