¿Cómo Reclamar Ingreso Mínimo Vital si éste fue denegado?

32
2351
reclamacion-previa-imv

Infórmese como debe proseguir si la solicitud del Ingreso Mínimo Vital fue rechazado

Cuando recibimos la notificación donde nos rechazan la solicitud del Ingreso Mínimo Vital y no sabemos el porqué, cumpliendo con todos los requisitos, existe la opción de hacer una reclamación previa del IMV.

Primero evaluar las posibles causas de desestimación de la solicitud del IMV

  1. El INSS no haya considerado los ingresos del año correspondiente.
  2. Errores de los ingresos.
  3. Imputar algún inmueble a nombre del solicitante cuando ha dejado de ser dueño de tal. Errores en el patrimonio.
  4. Error en la fecha de certificado del empadronamiento
  5. Error en el rango etario (Menor de 23 años o mayor de 65 años)
  6. Error en los años de residencia en España
  7. Error en el conteo de convivencia independiente
  8. entre otros.

Ingreso Mínimo Vital denegado ¿Qué hacer?

Existe una instancia previa a la vía judicial a la que se puede optar para reclamar el beneficio. La reclamación previa esta regulada en el art.71 de la Ley 36/2011 de 10 de Octubre, Reguladora de la Jurisdicción.

Esta ley establece que si se quiere reclamar frente a la administración en materia de prestaciones de la Seguridad Social, antes de acudir por la vía judicial deberá presentar una reclamación previa. Esta reclamación se interpone frente a los actos que resuelven los procedimientos.

¿Qué es una Reclamación Previa?

En ella se solicita la modificación o revocación de un acto administrativo, en este caso, una resolución negativa en materia de reconocimiento de prestaciones.

¿Cómo hacer una reclamación previa IMV ante el INSS?

En la misiva debe dirigirse al órgano administrativo INSS de la provincia correspondiente. Debe contener sus datos personales y número de solicitud del IMV. Luego debe incorporar con documentos y respaldos sus alegaciones, indicando los motivos en contra de la resolución tomada por la entidad.

Finalizar «Solicita sean tenidos en cuenta las alegaciones ahora vertidas y se produzca la estimación de lo solicitado». Finaliza con la fecha y firma.

Reclamación Previa Online Ingreso Mínimo Vital

También puede hacer la reclamación previa a través de la misma plataforma donde ingresó su solicitud haciendo click AQUI.

Acceda aqui al modelo de reclamación previa de la Seguridad Social


Importante:

  • En un plazo de 30 días hábiles (no cuenta sábados, domingos ni festivos), desde que recibe la notificación de la resolución, deberá interponer la reclamación previa ante la Dirección provincial del INSS.
  • No olvide sacar copias, para tener registro de su reclamación.
  • El INSS tiene un plazo de 45 días hábiles para contestar. Si no han respondido en el plazo señalado, deberá interponer una demanda judicial.
  • El plazo para realizar la demanda judicial contra el INSS es de 30 días.

¿Cuál es el Plazo para responder mi solicitud del IMV?

  1. Plazo para resolver tu solicitud: Cuando presentas una solicitud para una prestación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene un máximo de seis meses para responder desde la fecha en que presentaste la solicitud.
  2. Silencio administrativo: Si el Instituto no emite una respuesta dentro de esos seis meses, se considera que tu solicitud ha sido denegada automáticamente, lo que se llama «silencio administrativo». Sin embargo, el Instituto puede seguir evaluando y responder a solicitudes incluso después de los seis meses.
  3. Verificación de vulnerabilidad económica: Antes de aceptar tu solicitud, el órgano competente revisará si cumples con el requisito de tener dificultades económicas, especialmente si vives solo o en un grupo familiar. Si no cumples con este requisito, pueden rechazar tu solicitud en un plazo de 30 días. Si esto sucede, puedes presentar una reclamación administrativa para explicar por qué crees que deberían aceptarla.
    Además, incluso si inicialmente aceptan tu solicitud, aún pueden rechazarla más adelante si encuentran información que demuestre que no cumples con el requisito de vulnerabilidad económica durante la revisión del proceso.

Conoce AQUI el estado de tu solicitud

También te puede interesar:

Para más información:

Puede comunicarse con el INSS o comunicarse con las oficina más cercana correspondiente a su domicilio para realizar cita previa pinchando AQUI

32 COMENTARIOS

  1. La semana pasada me llegó -al buzón, sin acuse de recibo ni nada parecido- la resolución por la que me deniegan el IMV (con fecha de salida del ¡sábado 17 de octubre, a las 00:15:31 horas!). La causa es que «existe más de un titular mismo domicilio», cuando esto no es así. Sí, vivimos cuatro personas en el mismo domicilio, pero sin ser yo familia ni pareja de ninguno; es decir, compartimos el mismo domicilio, nada más. Por esto, quiero recurrir, dentro de los 30 días que puedo hacerlo y como figura en la reclamación. También dice que puedo llamar a unos teléfonos si tengo dudas y para pedir cita si quiero una atención más personalizada, pero no sirven de nada. Por eso no sé qué hacer ahora mismo. ¿Pedir cita por internet aunque sea para más allá de los 30 días? ¿Recurrir yo ya? Y entonces, ¿cómo, adónde y ante quién? Gracias

  2. ¿Mediante qué vía se presenta la reclamación? ¿Correo ordinario? ¿En persona? ¿Online?
    Por lo demás el artículo muy bien!

    • Hola Estefanía, debe enviarse por correo ordinario al organo administrativo INSS de la provincia correspondiente.

  3. En todo el año 2020 solo ha trabajado mi hijo tres meses, mando todos los papeles posibles, me mandaron una carta que en vez de el volante de empadronamiento tenía que mandar el certificado, en unos días lo envié, y ahora me mandan la Carta y me lo deniegan por falta de documentación, porque no lo pusieron cuando me enviaron la Carta.

  4. HOLA A TODOS ES TODO MUYYY ABSURDO , ILOGICO I ANORMAL ,, LO HACEN TODO DE FORMA APOSTA , POR QUE SABEN QUE NO HAY MANERA DE HABLAR CON ELLOS CARA A CARA . ESTA ESTAFANDO A LA GETE EN LA CARA ( TENIENDO ESTE DERECHO LEGAL ) . TAMBIEN ME DENEGARON POR LO MISMO DESPUES DE 5 MESES DE ESPERA , QUE SEMNIFICA POR CORREO ORDINARIO ENVIAR QUE ????? POR QUE LOS DE ,,AYUDA BECA ,, NO DETALLE LAS VIA DE HACER LA RECLAMACION ?????? TENEMOS QUE COMPLETAR UNA HOJA A 4 CON LOS DATAOS IR A CORREO DEL BARIO I ENVIAR ????

  5. Hola. Me lo deniegan por superar patrimonio( mi único ingreso son 8 meses de RAI). En realidad con lo que me falta de pagar por mi hipoteca mi patrimonio es negativo por decenas de miles de euros…Eso no lo contabilizan?

  6. Me han denegado el ingreso minimo vital, no me ha llegado ninguna carta ordinaria, lo he visto por la web. Que debo hacer para reclamar, o al menos, que digan el por que de la negación.

  7. hola buenos dias,me ha llegado la carta de confirmacion de la denegacion del ingreso minimo vital,por superar los limites patrimoniales asi como los ingresos y rentas computables,yo vivo con mi madre pensionista y cobra 600 y pico de pension de viudedad yo cobro la RAI hasta verano del año que viene,llame al telefono de imformacion del ingreso minimo vital y me dijo la chica que es que se superan los ingresos en mas de 7000 euros al año.¿Se puede reclamar esta resolucion de la denegacion del IMV?o no, la cosa es que yo soy parado de larga duracion y creeo estar en riesgo de pobreza absoluta como dice la comunidad europea,porque con 600 euros al mes da para poco,y aqui en la provincia de cadiz donde resido con mas paro de toda europa segun la comunida europea,el gobierno español no me considere en riesgo de pobreza,yo de verdad no entiendo como para algunas cosas se apollan mucho en la comunida europea y en otras ni caso,como es mi caso y todos los que vivimos en la provincia de cadiz,olvidados por el gobierno de españa y por la junta de andalucia.gracias de antemano y un saludo.

  8. Hace casi una semana me llegó una carta con salida del día 3-12-2020 denegándome la ayuda mínima vital por superar los límites patrimoniales, lo que no sabían es que el catastro y suma estaban evaluando el valor de la vivienda, que en noviembre pasó de ser de un valor catastral de 113.120’47 € a 48.635’77 € y el valor catastral de construcción de 109.618’93 € a 45.184’23 €.
    como se sabe si tienes una vivienda que pasa de un valor de 100.000 € lo deniegan, por supuesto, pero no han tenido en cuenta que desde la última revisión que se hizo mal que fue en 19/12/2008 hasta esta última revisión que fue en 27/11/2019, eso hace ya dos años que la pedí, y por fin llegó con años y valores actuales que debe y debería tener desde el principio.
    Por eso, mi pregunta es ¿ Donde tengo que notificar que yo no tengo una vivienda de más de 100.000 € ?
    y encima de todo eso en mi casa no entra ya ni un euro, he agotado ya el RAI 3, y no puedo pedir más, estoy sin trabajo, mi mujer tampoco tiene, y tampoco cobra y mis hijos están los dos estudiando y encima sin becas, o sea, que todos son gastos.
    lo mejor es que me indiquen que iglesia tengo que ir para ponerme a la puerta a pedir, por lo demás, muchas gracias.

  9. A mi me han denegado el IMV sin recibir una carta dónde expliquen el motivo por el que me la deniegan, Llevo días intentando contactar por teléfono para que me expliquen y es imposible, las líneas siempre están ocupadas desde las 9 en punto de la mañana y rellamando cada vez que cuelgo. Cómo puedo reclamar si no sé el motivo por el que me la deniegan??? Estoy desempleada, vivo en casa de un amigo de mis padres, no cobro absolutamente nada desde hace tres años… Esto es una humillación.

  10. A mi me ponen «inadmision por exceder patrimonio». No entiendo nada!! Trabajé hasta 15 de marzo. Ahora cobro ayuda de 430€ , divorciada con 3 hijos y sin ninguna aportacion de mi ex. No tengo casa propia ni coche, así que no sé a qué patrimonio se refiere!!! Voy a reclamar!!!

  11. Hola, donde puedo hacer la reclamación de la renta mínima vital? desde el correo de la la Seguridad social no me deja porque me dice que no es correcto. Hay una plantilla pero no me sale ningún email. Alguien sabe la dirección del email o como reclamar por internet? Cita previa no te dan por lo menos aqui en Barcelona, asi que tiene que ser online.

    Gracias.

  12. Buenos dias, me gustaría consultarle:
    He realizado según especificaciones leídas, la reclamación por que me denegaron el IMV, lo hice en la sede electronica, sin certificado digital, en envío de comunicaciones a la seguridad social, adjunte la carta de alegaciones y toda la documentación.
    Posteriormente me responden al email con un numero de identificador y este texto de nuevo, lo cual me confunde por si se puso o no, puedo consultar en algún sitio o esto es normal, al teléfono es imposible.
    RE: Subsidios – (Mi DNI) imv 2****
    Y otra vez el texto:
    «Buenos días
    Puede presentar su reclamación a través de los servicios electrónicos puestos a su disposición en la web de la sede de la seguridad social, https://sede.seg-social.gob.es, o en cualquier registro administrativo, una reclamación previa a la vía jurisdiccional en el plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de recibir la notificación de dicha resolución, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE del 11/10/2011).

    El plazo establecido para la resolución de dicha reclamación previa será de 45 días, quedando abierta la vía jurisdiccional para interponer la demanda en el plazo de 30 días a contar desde la fecha en que se notifique la denegación de lo solicitado, o se entienda denegada por silencio administrativo.
    Lamentamos enormemente todas las molestias que le hayan podido surgir en la realización de todos los trámites relacionados con el IMV, esperando que con la información que ponemos a su disposición pueda solventar las incidencias acaecidas en el proceso de solicitud, consulta o de contestación a los requerimientos relativos a su Solicitud».

    Me podría asesoras. se lo agradezco de antemano
    Gracias

  13. Reclamacion sobre denegación desestimada por mala interpretación del
    padrón ¿insisto en reclamar o hago nueva solicitud?

    De antemano, agradeceros la labor que compartís aqui.
    Me ha contestado por fin a la reclamación «reclamación previa» contra
    denegación de solicitud del ingreso. No hacen si no aclarame que » se
    me deniega por formar parte de otra unidad familiar» aduciendo que
    durante parte de 2020 «aún constaba otra persona empadronada en el
    mismo domicilio». En efecto, en su momento, ya promovi en el padrón (y
    lo acredité en «aportar documentación») que solo quedará yo inscrito,
    pues vivo más de 3 años en cesión en precario como único cesionario,
    pero parece que esta condición debe extenderese a todo el año previo a
    la solicitud, y en este caso, se borró «de oficio» hace apenas 6 meses.
    Tras resolver esta «reclamación previa» me dan opción a «poner otra»
    sobre la desestimación. Me tanto miedo insistir en reclamar como en
    hacer nueva solicitud, por si me las desestiman por lo mismo (la
    «persona» constó empadronada hasta octubre 2020). La cuestión es que,
    alcanzando a mirar el Decreto Legislativo del IMV, veo que define
    unidad de convivencia como quienes compartan residencia, pero con lazos
    de matrimonio, pareja de hecho, parentesco y en caso de hijos, progenitores o guardas, tutores… y en ningún momento este es mi caso: jamás he compartido el piso, vivo
    solo y la persona que puede haber constado empadronada ni la conozco
    (es un supuesto inquilino que dejó el piso hace más de 8 años) ¿Qué
    hago? ¿Intento acreditar esto último? (¿y cómo lo hago?) ¿En nueva
    solicitud? ¿En la reclamación contra la desestimación de reclamación?
    Gracias

    • Una vez obtenida respuesta a la reclamación previa, cuando esta sea denegatoria, el plazo para acudir a la vía judicial mediante la presentación de una demanda, tal como está recogido en el articulo 71 Ley general de Seguridad social , es de 30 días hábiles (sin contar fines de semana ni festividades), desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se considere denegada por silencio administrativo.

  14. Hola,

    Me han enviado una carta denegándome el IMV por: «Duplicidad»

    ¿No entiendo porqué pueden denegarla aludiendo a que se ha presentado 2 veces?

    Por favor, ¿Pueden explicarme qué debo hacer y cómo?

    Gracias

    • Estimado, te sugerimos solicitar asistencia jurídica gratuita, convenio recién entrado en vigor entre el INSS y CGAE. «Las personas demandantes del derecho a la asistencia jurídica gratuita podrán autorizar al Colegio de Abogados de la localidad donde se presente la solicitud, a solicitar en su nombre el acceso a los datos existentes en relación con las pensiones y otras prestaciones de protección social que consten registradas en el Registro de Prestaciones Sociales Publicas.» Puede acceder al enlace de la normativa AQUI

  15. Hola, pues me la han denegado porque mi hermana que no vive aquí hace un par de años, pero si viene unos meses de vacaciones, y está empadronada y es su apartamento, y dice que me la deniegan después de un año esperando sin más aviso, porque dicen que formo parte de otra unidad de convivencia, y supongo que es por eso.

    ¿Como demuestro que mi hermana no vive aquí habitualmente y que la acepten?. Gracias por adelantado.

  16. Hola chicos.
    El año pasado solicité la prestación del IMV cumpliendo con los requisitos legalmente establecidos en el Real Decreto-ley, y al final me han denegado la prestación. En enero de este año he presentado de nuevo, pero el problema persite y de este modo me vi obligado presentar telemático una reclamación previa, sin respuesta alguna. La realidad es que me encuentro en situación de pobreza extrema, somos dos adultos (yo y mi pareja estable) con tres hijos en nuestro país y veo que el INSS está abusando nuestro derechos. Actualmente cobro la renta valenciana de inclusión (365 euros al mes), insuficiente para la vida diaria, insuficiente para nada. De hecho, he tenido un accidente de trabajo/enfermedad profesional y la mutua, INSS respectivamente, me clasificó con enfermedad común, por supuesto he iniciado el procedimiento en contra el INSS y ahora está en desarrollo en Juzgado de lo Social, pero como veo tengo que esperar muchos tiempo.. retraso en los expedientes judiciales. Estoy enfermo de más de dos años por causa de la defectuosa asistencia sanitaria (cirugía con secuela). El INSS me ha denegado también la prestación del IMV porque mi pareja estable (no estamos escrito en registro de parejas de hecho) está empadronada con migo. Ella no trabaja, me cuida cada día porque estoy en incapacidad por múltiples e invalidantes problemas de salud. En la solicitud del IMV he declarado que vivo solo y eso porque no fue posible tramitar mi solicitud con el pasaporte de mi pareja (no tiene residencia legal en España). Nosotros formamos una relación familiar pero por causa de mi situación no he podido efectuar los papeles para ella. Desde el INSS me ha dicho que mi pareja vive con migo y que aparece empadronada en el mismo domicilio y por eso me denegó la prestación del IMV con una respuesta (que no concurran en su caso las condiciones para ser considerado en situación de vulnerabilidad económica por superar o la unidad de convivencia en su conjunto). De este modo me veo con el derecho de iniciar una demanda ante juzgado de lo social porque tengo 30 días sin respuesta alguna, considerando un abuso. Espero que las cosas salieron bien..Actualmente tengo un orden forzosa por impago del crédito. Tengo deudas (lista negra) que superan 15.000 euros y desde INSS no importa nada. Vivir en la comunidad valenciana es la peor opción para nosotros lo digo porque los servicios sociales, trabajadores sociales, no solamente, no existen para nosotros ya que la discriminación nos domina…en este periodo fue la peor pesadilla de mi vida.

    • Estimado Juan,

      Lamentamos mucho la situación que estás pasando, creemos que debes apelar a todas las instancias posibles, desde organizaciones sociales y otros ministerios, si es que no has podido lograr una intervención por parte de tu Comunidad autónoma.

      En nuestra investigación nos encontramos con Fundación la Caixa que ofrece apoyo y orientación a través de sus programas sociales podrías intentar comunicarte con ellos a través del correo electrónico [email protected] y también podrías comunicarte con el Ministerio de Trabajo y economía social y exponer tu caso —>> https://www.mites.gob.es/es/contacto_ministerio/index.htm

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí